Sobreseen a pobladora mapuche que impidió circular por camino vecinal |
MIÉRCOLES 05 DE OCTUBRE DE 2011 17:38 |
El juez de Instrucción Martín Lozada sobreseyó a una pobladora mapuche de 52 años de edad, integrante de la Comunidad de las Huaytekas, de El Foyel, quien impidió la circulación por un camino vecinal a representantes de una empresa petrolera, con intención de proteger un bosque de cipreses. Foto del sitio web del Centro de Documentación Mapuche Ñuke Mapu. El Juez Martín Lozada dispuso el sobreseimiento de una pobladora Mapuche de 52 años de edad, quien con intención de proteger un bosque de cipreses sagrados para la Comunidad de los Huaytekas, ubicado en El Foyel, impidió la circulación por un camino vecinal a representantes de una empresa petrolera quienes -según sostuvo- iban a derribarlo. A la hora de defenderse del cargo delictivo, la mujer afirmó haber velado por la integridad de un bosque único, milenario y sagrado para su comunidad. Señaló que tal posición de garante le había sido conferida por la comunidad a la que pertenece en el marco de un "trawun". Se refirió, además, al "rewe" para explicar el vínculo que la une a ese territorio. El Juez Lozada consideró estar frente a la problemática del multiculturalismo, lo cual "supone referirnos a la presencia, dentro de un determinado contexto espacial, de diversas culturas, y a la consecuente concurrencia de elementos cognitivos comunes que hacen a la representación del mundo exterior, en el ámbito de la moral, la religión, el derecho, las relaciones sociales”. Expresó, además, que “se puede hablar de Estado multicultural en la medida en que cohabitan en un mismo territorio culturas asociadas a diversas nacionales, ya sea que se trate de sociedades en las que han estado presente culturas indígenas que hoy reclaman pleno reconocimiento –caso de algunos Estados Latinoamericanos-, o de sociedades que, producto de la inmigración, han incorporado nuevas culturas, como está sucediendo en Europa”. “Ese dato sociológico hace que en los Estados multiculturales suelan batirse importantes luchas sociales en pos del reconocimiento de la pluralidad cultural y su inscripción en las formas jurídicas. Prueba de ello resulta el texto de varias constituciones latinoamericanas, al resaltar el carácter multiétnico y pluricultural de sus Estados. Es el caso, por ejemplo, de Bolivia, Perú, Ecuador y Colombia”. En nuestro país, sostuvo el Juez Lozada, ha operado una “ trascendental ruptura que ha traído aparejada la incorporación al ámbito interno del derecho internacional de los derechos humanos, entre ellos, el art. 27 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos; de la reforma constitucional de 1994, que reconoció la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas; y de la ratificación del Convenio 169 de la OIT. Instrumentos que evidencian un vuelvo fundamental dentro del derecho positivo que apenas ha comenzado a ser asimilado por la doctrina y la jurisprudencia, en pos de hacer efectiva la diversidad cultural reinante en nuestro país”. |
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